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Reglamento Puerto Iguana

Con el objetivo de garantizar la convivencia armoniosa y el bienestar de todos los residentes, a continuación, se presenta el reglamento del condominio que deberá ser acatado obligatoriamente por todos los propietarios e inquilinos:

Reglamento de ocupación de las villas

  • La ocupación máxima de cada villa es de ocho personas. (Los niños cuentan como adultos). Los usuarios podrán tener como invitados en las instalaciones durante el día a máximo 2 personas. Casa Iguana consta de dos villas por lo que la ocupación máxima es de dieciséis personas.

  • El condómino que exceda la capacidad de 10 personas en área común del condominio, se hará acreedor a una multa por sobre uso de $750.00 (Setecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) diarios por persona excedente. El personal autorizado para reportar sobre uso será el administrador del Condominio Puerto Iguana y sus reportes serán el sustento del cobro de sobre uso.

  • Para conservar la buena imagen del condominio, los condóminos se comprometen a no utilizar como tendederos de ropa, toallas y/o cualquier otro tipo de telas, a los balcones y barandales de fachadas de las villas.

  • Salvo autorización de la mesa directiva y/o acuerdo extraordinario entre los condóminos queda prohibido producir ruidos y/o algarabías en las áreas comunes después de las 22:00 horas.

Reglamento de la alberca

  •  Para hacer uso de la alberca se usará traje de baño.

  • Se requiere que los bebés tengan pañal desechable antes de ingresarlos a la alberca.

  • La introducción del mobiliario a la alberca no está permitida.

  • No se permiten mascotas en el área de la alberca y áreas comunes.

  • Prohibido que el personal de servicio se meta a la alberca.

  • No hay salvavidas, por lo que todo menor utilizando la alberca debe ser acompañado por un adulto y el cuidado de los niños queda exclusivamente a responsabilidad de sus propios familiares.

  • Los usuarios de la alberca y del chapoteadero deberán enjuagarse el cuerpo para poder entrar sin arena.

  • Prohibido usar las jardineras como ceniceros y arrojar colillas al pasto.

  • Se prohíbe el uso de aparatos de sonido en el área común, exceptuando los que se usan con audífonos personales.

  • Se les pide prudencia para el uso de pelotas o cualquier otro artículo que al lanzarse pueda hacer daño a personas o destruir las plantas.

  • Para el área de alberca se deberá utilizar toallas color beige y/o blancas bordadas con número de villa, por lo que no está permitido usar otro color de toalla en área de alberca.

Reglamento de Muelle

  • Por sanidad y seguridad no se permite destazar pescado sobre los muelles, ni tirar huesos o desperdicio de pescado en el área de los muelles.

  • Se le pide su cooperación para depositar la basura en los contenedores que se ubica a la entrada de los muelles.

  • El técnico o mecánico a cargo de una reparación en las embarcaciones deberá hacerse cargo de sacar del condominio los desechos de su trabajo o partes inservibles.

  • Es necesario que la tripulación tenga libres de objetos los andadores de los muelles.

  • No se permite la música en alto volumen en la embarcaciones.

  • No se permite sentarse en las cajas de servicios de los muelles, ni guardar objetos flamables en las cajas de servicio de los muelles.

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